La Federación Argentina de Entidades de la Construcción (UOCRA) y la Cámara Argentina de la Construcción (COMARCO), firmaron dos acuerdos donde se establecieron las pautas salariales 2020 y 2021 para el CCT 545/08-Trabajadores Constructores en Áreas Petrolíferas y Gasificas. Los principales puntos de los mismos son:
- Fijar desde 09-2020 una suma no remunerativa del 16,2%, sobre los sueldos vigentes al 03-2019. A los fines de su cálculo se tendrán en cuenta: a. Conceptos remunerativos y no remunerativos.
b. Convencionales y no convencionales.
c. Normales y habituales.
d. Viandas y ayuda alimentaria.
Quedan excluidos para su cálculo conceptos cuya naturaleza este sujeta a bonos de facturación, adicional o ayuda de vivienda, asignación o ayuda de vehículo. - Aunque la suma sea no remunerativa será tenida en cuenta para: a. El pago del SAC del segundo semestre 2020.
b. La licencia por vacaciones.
c. Aportes de obra social y sindicato a cargo de los trabajadores. - El retroactivo por los meses 09 y 10-20 se abonará junto con la segunda quincena de 11-2020, bajo la denominación “SUMA EXPEDIENTE MTEySS 2020”.
- A partir de 03-2021 la suma no remunerativa mencionada en el primer punto pasará a formar parte de los salarios en forma remunerativa.
- Una suma única, extraordinaria y no remunerativa de $60.000, pagadera en cuatro cuotas de $15.000. Las mismas se abonarán junto con las liquidaciones de haberes de la segunda quincena de los meses de: 11 y 12-2020 y 01 y 02-2021, bajo la denominación “SUMA EXPEDIENTE MTEySS 20-21”.
- La suma del punto anterior estará sujeta a las retenciones de obra social y sindicato a cargo de los trabajadores.
- A partir del mes de 03-2021 se fija un aumento del 15% en dos tramos: a. 10 % a partir de 03-2021.
b. 5 % a partir de 04-2021.
Los incrementos mencionados se calcularán sobre los sueldos vigentes al 03-2020 y se tomará en consideración para su cálculo el aumento del 16,2% mencionado anteriormente. - Las partes acuerdan reunirse en el mes de 06-2021, para fijar las pautas salariales para el período 06-2021/05-2022.
