La Declaración Jurada Informativa la deben presentar los obligados a pagar y los que no estén obligados a hacerlo que al 31/12/2018 tenían Bienes por un importe igual o superior a $ 80 millones y/o los que al 31/12/2019 tenían Bienes por un importe igual o superior a $ 130 millones.
En la DJ Informativa se deberán declarar los bienes al 20 de marzo de 2020 y al 18 de diciembre de 2020.
Para la valuación de los Bienes se debe tener en cuenta la información que está en el Micrositio de la AFIP “Aporte Solidario y Extraordinario” y también la información que se encuentra en el sistema informático donde se deberá confeccionar la Declaración Jurada.
La documentación respaldatoria de las valuaciones deberá estar a disposición de la AFIP.
