Las deudas por falta de pago o por haber pagado menos del importe de alquiler acordado en los contratos alcanzados por el Decreto 320/20 y sus sucesivas prórrogas y modificaciones, se podrán cancelar en hasta 12 cuotas con un interés que no podrá superar la tasa de interés para plazos fijos en pesos a 30 días que paga el Banco de la Nación Argentina que en la actualidad es del 37% nominal anual. La 1ra. Cuota debería pagarse con el alquiler de abril 2021.

Con relación a los desalojos el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat emitió la Resolución 88/2021 publicada en el BO del 26/03/2021 en el cual instruye a la Secretaría de Desarrollo Territorial para que elabore un protocolo de riesgo temprano de desalojo para asistir a las familias que se encuentren en situación de desalojo como consecuencia de no regir más su prohibición.