•   Las cuotas de enero a junio 2021 serán iguales a las vigentes en diciembre 2020
  • A partir del 1 de julio 2021 se aumentan los montos que se pueden facturar por cada categoría
  • Los monotributistas inscriptos al 30 de junio 2021 que hubieran facturado a esa fecha o en cualquier momento previo a ella un importe superior al máximo permitido, permanecerán en el monotributo siempre que no hubieran superado el nuevo límite máximo que entrará en vigencia a partir del 1 de julio 2021
  • Quienes hubiesen sido excluidos o hubieran renunciado entre el 1º de enero y el 30 de junio 2021 podrán acceder al mismo beneficio indicado en el punto anterior
  • Se podrán regularizar deudas con condonación de intereses, multas y demás sanciones no firmes en planes de hasta 60 cuotas con un interés del 1,5% mensual