Son cumplidores quienes al entrar en vigencia la ley no deban declaraciones juradas ni pagos desde el 1º de enero de 2018.
Para los Monotributistas los beneficios consisten en quedar exentos del pago del componente impositivo en una determinada cantidad de cuotas. Esta cantidad dependerá de la categoría a la que pertenezcan. Este beneficio no podrá superar el importe de $ 25.000
Para personas humanas inscriptas en el Impuesto a las Ganancias el beneficio consiste en deducir un importe adicional equivalente al 50% del monto del mínimo no imponible.
Para los inscriptos en el Impuesto a las Ganancias que sean micro y pequeñas empresas el beneficio consiste en que podrán optar por un régimen de amortización sobre determinadas inversiones
