Esto fue hecho por la AFIP con la RG 5125/21 que derogó la RG 3952 que lo impedía.

Esta RG ahora permite solicitar a los clientes las Declaraciones Juradas (DDJJ) presentadas a la AFIP

Esta solicitud la pueden realizar quienes deben informar a la Unidad de Información Financiera (UIF) operaciones sospechosas en el marco de la ley de prevención del lavado de activos y/o la financiación del terrorismo

Los que están obligados de informar a la UIF son, entre otros, las entidades financieras, los escribanos públicos, las operadoras de tarjetas de crédito, los agentes y sociedades de bolsa, los registros públicos de propiedad automotor e inmueble y quienes se dediquen a la compraventa de vehículos