Se transcribe a continuación lo publicado por AFIP sobre este tema en su Página Web

“Hasta el 20 de enero las y los monotributistas deberán abonar la cuota mensual del régimen, considerando los nuevos valores vigentes publicados en monotributo.afip.gob.ar.” Acá la AFIP se refiere a que hay que efectuar el pago teniendo en cuenta los nuevos valores que rigen desde el 1º de enero de 2023.

“Además, quienes respecto de los últimos 12 meses, hubieran tenido variaciones en los ingresos brutos o alguno de los parámetros que determinan el encasillamiento deberán recategorizarse.

Aquellos monotributistas cuyos parámetros no hayan sufrido ninguna variación y mantengan la misma categoría, no deberán efectuar ninguna acción.”

“Cabe recordar que si transcurrieron menos de 6 meses de la inscripción en el monotributo no corresponde hacer la recategorización.”