Del 1 al 20 de julio la AFIP habilitará el sistema para realizar este trámite para el cual se deben utilizar los nuevos valores de ingresos brutos anuales que van a regir desde el 1º de julio.

Para saber si corresponde o no recategorizarse, el monotributista debe evaluar los siguientes parámetros en los últimos 12 meses: ingresos brutos acumulados, energía eléctrica consumida, alquileres devengados y/o superficie afectada a la actividad.

Si se mantiene la misma categoría no es necesario ingresar los datos al sistema