Lo dispuso la AFIP con la RG 5388/2023 y es para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas Tramo 1 y 2 que al 1er. día del mes de inicio del ejercicio fiscal sobre el que se aplicarán los anticipos cuenten con el Certificado MiPyME vigente y estén registradas en la AFIP bajo alguna de las siguientes caracterizaciones:

  • 272-Micro Empresas Ley 25.300
  • 274-Pequeña Empresa Ley 25.300
  • 351-Mediana Empresa Tramo 1 Ley 25.300
  • 352-Mediana Empresa Tramo 2 Ley 25.300

Las disposiciones de la RG entraron en vigencia el 20/07/2023 y se aplicarán a partir de los ejercicios iniciados en agosto 2023

La novedad estará disponible en el servicio “Sistema de Cuentas Tributarias” a partir de noviembre 2023.