El Decreto 324/2023 del P.E. estableció que se puede aplicar el 30% del Impuesto a los Débitos y Créditos en Cuentas Bancarias efectivamente pagado a partir del 31/07/2023 como pago a cuenta de hasta el 15% de las contribuciones patronales que se destinen al SIPA.

El 70% restante y lo no utilizado en el pago mencionado en el párrafo anterior se podrá seguir utilizando en el pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias

Las Contribuciones Patronales a las que se podrá aplicar son las referidas a las remuneraciones que se devenguen entre el 1º de agosto y el 31 de diciembre de 2023