Con la Resolución 9/2024 la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo del Ministerio de Economía prorrogó del 1º de marzo al 31 de octubre de 2024 el plazo de 21 días corridos previsto en los artículos 4, 5, 6 y 8 de la Ley 27440 referidos a:

  • El pago del precio superior a los 21 días contados a partir de la fecha de recepción de la factura de crédito electrónica en el domicilio fiscal electrónico del obligado al pago
  • La constitución de título ejecutivo y valor no cartular
  • La emisión de notas de débito y crédito que se ajusten a la operación
  • La aceptación de la Factura de crédito electrónica
  • La aceptación tácita
  • Efectuar el rechazo de la Factura de crédito electrónica y su inscripción en el Registro de Facturas de Crédito Electrónica MIPYMES