Lo hizo con la RG 5753/2025 en la cual definió que los saldos a favor deberán originarse en Determinaciones de Oficio, Declaraciones Juradas Originales o Rectificativas o Resoluciones Administrativas o Judiciales.

La solicitud deberá realizarse en la opción “Compensación” del servicio “Sistema de Cuentas Tributarias” y si hubiera saldos que no pudieron ser utilizados se podrá solicitar su viabilidad a través del servicio “Presentaciones Digitales”