Con la RG 5824/2026 ARCA estableció los siguientes nuevos obligados

  • Entidades Financieras Ley 21.526 y las empresas aseguradoras Ley 20.091.
  • Los directores de SA, síndicos, integrantes del consejo de vigilancia, socios gerentes de SRL, socios administradores de SCS y SCA, fiduciarios y consejeros de sociedades cooperativas.
  • Abogados, peritos, etc. que perciban por vía judicial, honorarios y otras retribuciones.
  • Instituciones educativas de gestión privada confesionales o no confesionales- Ley 26.206 y entidades de medicina prepaga: por los importes no cubiertos por aportes de la seguridad social ingresados a favor del prestatario, o por el total cuando el pago sea realizado de manera directa por él.
  • Las entidades emisoras y administradoras de los sistemas de tarjetas de crédito y/o compra, tarjetas prepagas. Instituciones de asistencia médica privada (sanatorios, clínicas, centros médicos, fundaciones, hospitales privados y similares)

Estos nuevos obligados deberán emitir comprobantes por las operaciones que realicen a partir del 1° de julio de 2026