Se calcula a partir de las Declaraciones Juradas presentadas por el contribuyente y por los consumos y otras informaciones suministradas por terceros. Del procesamiento de esta información se obtienen 2 cálculos, uno referido a liquidez y otro referido a la solvencia y el valor del CEF será el mayor de estos dos.

El cálculo es mensual y se efectúa a partir del 26 de cada mes y tiene efectos a partir del 1er. día del mes siguiente