1. Ingresar a la Página Web de la AFIP y dar de alta el Servicio “Condonación de deudas – Título I – Ley 27.653″
  2. Al Ingresar al Servicio aparece la opción de Iniciar Nueva Solicitud de Condonación. Si no se reúnen los requisitos para solicitar la condonación la solicitud es rechazada
  3. Si se reúnen los requisitos, se muestra el total detallado de la deuda al 31-08-2021 pasible de ser condonada. Si uno no está de acuerdo con este detalle se puede plantear la disconformidad en “Presentaciones Digitales”
  4. Si uno está de acuerdo con la deuda detallada, se confirma y la condonación queda registrada y el sistema emite una constancia que se puede descargar