Según informa la AFIP en su Página Web los requisitos son los siguientes:
- Encontrarse en el Monotributo, por lo menos, desde el 31 de mayo de 2021
- Tener constituido el domicilio fiscal electrónico
- Para los que operan con factura electrónica, que el promedio mensual de la facturación del 1er. Semestre de 2021 sea inferior o igual a 1,2 veces el límite inferior de su categoría, proporcionado en forma mensual. En el caso de la categoría “A” se tomará como límite el importe de $ 20.800.-
- Para los que no operan con factura electrónica, que el promedio mensual de las compras del 1er. Semestre de 2021 sea inferior al 80% de 1,2 veces el límite inferior de su categoría, proporcionado en forma mensual. En el caso de la categoría “A” se tomará como límite el importe de $ 20.800.-
- No prestar servicios en el sector público nacional, provincial o municipal. Se considerará que prestaron servicios en esos sectores cuando al menos el 70% de su facturación del 1er. Semestre de 2021 haya sido emitida a esos sectores
- No percibir ingresos en relación de dependencia ni por jubilación
- No estar al 30 de junio 2021 en situación crediticia 3, 4, 5, o 6 informada por el BCRA
- No revestir la condición de sucesión indivisa
- No haber sufrido la ejecución de la garantía FOGAR por el crédito a tasa cero obtenido en el marco del Programa ATP
