Son conceptos que se pueden deducir cualquiera sea la fuente de la ganancia, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la ley y su importe no supere los montos establecidos en la misma.

Los conceptos más comunes son los siguientes:

  • Educación
  • Cuotas Médico Asistenciales
  • Primas de Seguro para el caso de muerte
  • Donaciones
  • Intereses por Préstamos Hipotecarios
  • Gastos de Sepelio
  • Alquileres
  • Sueldo y Cargas Sociales del Personal de Casas Particulares
  • Aportes de los Socios Protectores a Sociedades de Garantía Recíproca
  • Primas que cubran el riesgo de muerte y primas de ahorro