Son conceptos que se pueden deducir cualquiera sea la fuente de la ganancia, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la ley y su importe no supere los montos establecidos en la misma.
Los conceptos más comunes son los siguientes:
- Educación
- Cuotas Médico Asistenciales
- Primas de Seguro para el caso de muerte
- Donaciones
- Intereses por Préstamos Hipotecarios
- Gastos de Sepelio
- Alquileres
- Sueldo y Cargas Sociales del Personal de Casas Particulares
- Aportes de los Socios Protectores a Sociedades de Garantía Recíproca
- Primas que cubran el riesgo de muerte y primas de ahorro
