• Los que no están inscriptos en el Impuesto a las Ganancias y tampoco les corresponde inscribirse
  • Los que no están inscriptos en el Impuesto sobre los Bienes Personales y tampoco les corresponde inscribirse
  • Los que trabajen en relación de dependencia siempre que no se les efectúen retenciones del Impuesto a las Ganancias

Quienes no están inscriptos ni en Ganancias ni en Bienes Personales deben gestionar la devolución mediante el servicio online Devolución de Percepciones AFIP y quienes trabajen en relación de dependencia deben hacerlo a través del SIRADIG