La Resolución 41/20 de la Inspección General de Justicia de fecha 09-10-2020 publicada en el Boletín Oficial el 14-10-2020 dispone:
- Las notificaciones que se efectúen en los trámites de denuncias de capitalización y ahorro para fines determinados gestionadas en formato papel, se realizarán, mientras duren las medidas de distanciamiento o aislamiento social, preventivo y obligatorio, al domicilio electrónico constituido por las entidades administradoras.
- Las entidades administradoras deberán constituir con carácter de declaración jurada una dirección de correo electrónico, que será considerada domicilio electrónico constituido a los efectos de los trámites de denuncias. Las administradoras tendrán diez días para constituir el domicilio electrónico a partir de la entrada en vigencia de la resolución 41/20.
La presente resolución entrará en vigencia al 8vo día desde su publicación.
- Las entidades administradoras presentarán las respuestas a las vistas conferidas, con turno previo, en la mesa de entradas del Departamento del Control de Ahorro Departamento de Control Federal de Ahorro.
- Las respuestas se presentarán dentro del plazo otorgado para su contestación, o el primer día hábil siguiente de atención al público.
- Por último deja abierta la posibilidad a que este método de notificación pueda ser utilizado para otros trámites que se habiliten en el futuro.
