De acuerdo al Decreto 473/2023 del P.E. y la RG 5417/2023 de AFIP no pagarán el Impuesto los Trabajadores en Relación de Dependencia, los Jubilados y los Pensionados cuyas remuneraciones o haber bruto mensual no supere los 15 SMVM ($ 1.980.000). Tampoco pagarán el Impuesto sobre el aguinaldo de diciembre 2023 cuando el promedio del segundo semestre calendario no supere la suma equivalente a 15 SMVM vigente al 1 de octubre de 2023 ($ 1.980.000)
