Con la RG 5707/2025 ARCA deroga el IVA Simplificado a partir del 1º de julio de 2025 e introduce cambios en los sujetos obligados al uso del Libro de IVA Digital y en la forma de registración en este Libro con vigencia a partir del 1º de diciembre de 2025.

Se limita la obligación del uso del Libro de IVA Digital a los sujetos exentos de IVA, eliminándose su exigencia para los Responsables Inscriptos. También se actualiza el listado de exentos no alcanzados por esta obligación.

La registración en el libro será obligatoria a partir del momento en que se adquiera la condición de exento y la registración deberá realizarse en el servicio “Portal IVA”