Por RG 4942/21 AFIP determinó la posibilidad de pagar con un Plan de Facilidades. Las principales características de este plan son:

  • Hay posibilidad de solicitarlo hasta el 28 de abril de 2021. No exime del pago de intereses resarcitorios en caso de pagar después del vencimiento (30 de marzo)
  • Se debe realizar un pago a cuenta del 20% y el saldo se puede pagar en hasta 5 cuotas
  • La tasa de financiación será igual a la tasa de interés resarcitorio
  • La fecha de consolidación de la deuda será la fecha del pago a cuenta
  • Será requisito tener presentada la Declaración Jurada del Aporte para poder acceder al Plan
  • El pago de las cuotas será por débito en cuenta bancaria
  • Se podrá solicitar la cancelación anticipada del total de la deuda una única vez y esta solicitud se podrá efectuar a partir del mes en que se produzca el vencimiento de la segunda cuota
  • La caducidad del Plan se producirá en forma automática a los 30 días corridos del vencimiento de una cuota que no hubiera sido cancelada.