La recategorización es cuatrimestral y en caso de haber modificaciones en el nivel de facturación, en la superficie y/o en la energía eléctrica consumida debe realizarse en los meses de enero, mayo y septiembre. Si correspondiera hacerla en este mes de septiembre, hay tiempo para hacerla hasta el 30 de septiembre.
La categoría más alta que es la H permite facturar hasta $ 4.229.990,00 anuales, tener una superficie afectada a la actividad de 200 m2 y un consumo de 20.000 kw anual
