Los Proyectos fueron convertidos en Ley por el Senado el jueves 8 de abril y comenzarán a regir cuando la promulgue el Poder Ejecutivo.

Ganancias:

  • No pagarán el impuesto los empleados que cobren hasta $ 150.000 mensuales
  • Tampoco pagarán ganancias los jubilados que cobren hasta 8 haberes mínimos.
  • Para los empleados que cobren entre $ 150.000 y $ 173.000 se determinarán deducciones para disminuir los importes que comenzarán a pagar por el impuesto
  • Las modificaciones se aplicarán desde el 1º de enero 2021 con lo cual habrá devoluciones de importes retenidos desde principio de año.

Monotributo:

  • Se actualizan las escalas en un 35,3% con efecto a partir del 1º de enero 2021
  • AFIP re categorizará por única vez a los monotributistas que se hayan inscripto a partir del 1º de enero de 2021
  • Como estuvieron suspendidas las exclusiones, los que no hayan facturado más de un 25% por encima de la categoría máxima podrán continuar en el monotributo pagando una diferencia
  • Los que hayan superado en más del 25% a la categoría máxima quedan fuera del monotributo desde el día que lo superaron
  • Hay un Procedimiento Permanente para reducir el mayor costo que significa pasar a Responsable Inscripto para quienes no superen determinado monto de facturación.