La Secretaría de Comercio Interior por Resolución 237/2021 creó el SIPRE por el cual “todas las empresas de los sectores de comercio y de la industria que durante el año 2019 hayan registrado ventas totales en el mercado interno superiores a la suma establecida mediante la Resolución N° 220 de fecha 12 de abril de 2019 de la ex Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ex Ministerio de Producción y Trabajo y sus modificatorias, deberán informar mensualmente en el “SIPRE ” los precios vigentes y cantidades vendidas de todos sus bienes finales o intermedios, hasta tanto se mantenga la emergencia declarada por la Ley N° 27.541”
