Por medio del Decreto 953/20 de fecha 27-11-2020 publicado en el Boletín Oficial del 30-11-2020 se prorrogan hasta el 31-12-2020, las reducciones establecidas por el decreto 300/20 a saber:

  • Reducción del 95% de las contribuciones destinadas al SIPA.
  • Alícuotas de Impuesto a los Créditos y Débitos Bancarios será de 2,50‰ y 5,00‰.

Las reducciones mencionadas son para aquellos empleadores cuya actividad sea alguna de las detalladas en el Anexo incluido dentro del decreto 300/20:

CLAE Descripción
651 Únicamente 651310 (obras sociales) y 651110 (Servicios de Seguros de Salud-incluye medicina prepaga y mutuales de salud)
861 Servicios de hospitales
862 Servicios de atención ambulatoria realizados por médicos y odontólogos
863 Servicios de: prácticas de dignóstico y tratamiento; integrados de consulta, diagnóstico y tratamiento
864 Servicios de emergencias y traslados
869 Servicios relacionados con la salud humana n.c.p.
870 Servicios sociales con alojamiento
880 Servicios sociales sin alojamiento
949 Únicamente 949990 (Servicios de asociaciones n.c.p.)