El viernes 13 de enero se publicó en el B.O. el Decreto 18/2023 del P.E. que en su artículo 1ro. agrega la opción de comprar inmuebles usados con los fondos que se declaren y establece que los inmuebles usados tienen que ser destinados a vivienda de quien los blanquea y su familia o, por un plazo no inferior a 10 años, tienen que ser alquilados con destino exclusivo de casa habitación.
