Con la RG 5348/2023 determinó que a partir del mes de mayo de 2023 los importes son los que siguen

ENTIDADES FINANCIERAS

  • A partir de $ 200.000 deben informar el total acumulado de las acreditaciones y extracciones mensuales.
  • En los consumos con tarjetas de débito deben informar cuando los importes acumulados sean iguales o superiores a $ 120.000

De superarse alguno de los importes, deben informarse todos los conceptos

BILLETERAS VIRTUALES

  • Deben informarse las cuentas que superen los $ 120.000 de ingresos o egresos totales
  • Deben informarse las cuentas que al cierre del mes tengan un saldo igual o superior a $ 200.000
  • En el caso de las transferencias deben informarse las que sean iguales o superiores a $400.000