1. Se considera que existe exportación de servicios cuando la prestación se realiza en Argentina y su utilización se efectúa en el exterior.
  2. En estos casos la factura que debe emitirse es una factura “E”, para lo cual debe darse de alta un punto de venta específico: “Comprobantes de exportación- Factura en línea”
  3. No es necesario que el monotributista se inscriba en el Registro de Exportadores de Servicios de la AFIP.
  4. La factura puede emitirse en moneda extranjera indicando el tipo de cambio comprador del Banco Nación del día anterior al de la emisión de la factura
  5. La factura se emite al CUIT del país al que se exporta el servicio y al tipo de cliente según listado que emite AFIP