La RG. 4825/20 de AFIP de fecha 28-09-2020 publicada en el Boletín Oficial el 30-09-2020 establece:

  • Que la AFIP no podrá utilizar hasta el 01-10-2020 el procedimiento sistemático que permite  la exclusión de pleno derecho del Régimen de Monotributo. La exclusión de pleno derecho se produce ante la verificación de ciertos hechos enunciados en el art.20 del Anexo de la ley de Monotributo. Los hechos se mencionados se detallan en el siguiente archivo ANEXO I-Novedades 30-09-2020
  • En forma transitoria no tomar en consideración el mes de septiembre 2020 para el computo del plazo a considerar para la baja automática del Monotributo. La RG 4799/20 de AFIP estableció que tampoco se tomaran a consideración los meses de marzo a agosto 2020.

La baja automática mencionada se produce por la falta de pago de 10 meses consecutivos del impuesto correspondiente al Monotributo.