El Registro fue creado por la Resolución 312/2020 de AGIP.

El domicilio de explotación es el inmueble en el cual el contribuyente del Impuesto sobre los Ingresos Brutos ejerce o desarrolla, total o parcialmente, su actividad económica.

Los obligados a registrarse son:

  • Los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo Categoría Locales.
  • Los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que tributen bajo las normas del Convenio Multilateral, en la medida que posean establecimiento, local, sucursal u oficina situado en la CABA
  • Los contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos
  • Los Contribuyentes exentos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en CABA