Por Resolución General 12/2020 la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral publicada en el Boletín Oficial el 22-09-2020 estableció que el Sistema de Recaudación Sobre Tarjeta de Crédito y Compra aprobado por la Resolución General 02/2019 estará operativo a partir del 1-12-2020.
El padrón de los contribuyentes alcanzados por el “SIRTAC” se pondrá a disposición de los agentes de retención e información en el sitio www.sirtac.comarb.gob.ar el día 22 –o el día hábil anterior– del mes inmediato anterior al que deberán efectuarse las retenciones.
También se dispusieron las fechas de vencimiento para el año en curso:
Primera quincena 12-2020 vence: 22-12-2020
Segunda quincena 12-2020 vence: 11-01-2021
Recordamos que el “SIRTAC” alcanza:
- Liquidaciones o rendiciones periódicas correspondientes a sistemas de pago mediante tarjetas de crédito, de compras y/o pagos, tickets o vales alimentarios, de combustibles y/o cualquier clase de tickets o vales de compras y/o similares y
- recaudaciones, rendiciones periódicas y/o liquidaciones correspondientes a sistemas de pago mediante concentradores y/o agrupadores de pago (Administradores de Sistemas de Pagos).
