AFIP PRORROGA FERIA FISCAL HASTA EL 11 DE OCTUBRE

Por Resolución General 4818/2020 publicada en el Boletín Oficial del 22/09/2020 la AFIP suspende hasta el 11 de octubre los plazos de distintos procedimientos administrativos.

A las excepciones mantenidas hasta el momento sobre los procedimientos de fiscalización correspondientes a la información proporcionada a la AFIP por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y los procedimientos de fiscalización, sumariales y determinación de oficio relacionados con el Régimen de Transferencias, se agrega los procedimientos de fiscalización electrónica.

Esta tipo de fiscalización se crearon en el 2012 y se utilizaron entre otros casos cuando:

  • Los depósitos en las cuentas bancarias superaban en un determinado porcentaje los ingresos declarados en la declaración jurada del impuesto a las ganancias.
  • Las ventas declaradas en el IVA diferían en un determinado porcentaje respecto a lo declarado en la declaración jurada del impuesto a las ganancias.
  • Si la AFIP suponía que los pasivos declarados en la declaración jurada del impuesto a las ganancias eran ficticios, representando incrementos patrimoniales no justificados.